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Responsabilidad: Empresarios, contratistas y terceros

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¿Quién es responsable de las lesiones causadas por un empleado, contratista o tercero?

Parece una pregunta sencilla, pero determinar la parte responsable de una lesión puede ser a menudo increíblemente complicado. Puede darse el caso de que el empleado haya sido negligente de alguna manera o que lo haya sido un contratista o un tercero. A veces, puede haber más de una parte negligente.

Contenido ocultar
1 ¿Quién es responsable de las lesiones causadas por un empleado, contratista o tercero?
2 ¿Qué es la responsabilidad vicaria?
2.1 Contratistas
2.2 Terceros
3 ¿Qué forma de negligencia comparativa utiliza Nueva York?
4 ¿Cómo se prueba la negligencia en Nueva York?
5 ¿Qué debo hacer si he sufrido una lesión en el trabajo en Nueva York y puede haber varias partes negligentes?

¿Qué es la responsabilidad vicaria?

La responsabilidad vicaria es un concepto utilizado en la ley de Nueva York que significa que una persona puede ser considerada responsable de los actos de otra. Se utiliza con mayor frecuencia en los accidentes en los que alguien resultó herido por otra persona que estaba actuando como empleado de un empleador en el momento del accidente. La víctima suele reclamar daños y perjuicios tanto al empresario como al empleado. También se aplica cuando se reclama tanto al propietario del vehículo responsable del accidente como al conductor.

A veces puede ser difícil identificar quién es el empleador de una persona involucrada en un accidente y esa es una de las razones por las que una persona lesionada necesita contratar a un abogado con experiencia en lesiones personales tan pronto como sea posible después de un accidente.

¿Qué ocurre cuando intervienen contratistas o terceros?

Contratistas

Los contratistas no son empleados. La empresa alegará que no es responsable de los actos de sus contratistas, ya que su relación comercial no proporciona al empresario tanto control sobre ellos como el que tiene con los empleados. A menudo, la víctima tendrá que demandar al contratista por daños y perjuicios en lugar de a la empresa que lo contrató, especialmente si la empresa no era propietaria del vehículo culpable ni lo matriculó.

Pero hay algunas excepciones. Una de esas excepciones se refiere a lo que se conoce como negligencia en la contratación. Si puede demostrarse que la empresa fue negligente al contratar al contratista (por ejemplo, contratar a un conductor con un historial de infracciones de tráfico que podrían ser peligrosas, como exceso de velocidad o conducción distraída) y se determina que el contratista se comportó de forma negligente, entonces la empresa puede ser responsable.

Tenga en cuenta que las normas son diferentes cuando una persona se lesiona en una obra de construcción. La legislación neoyorquina protege a los trabajadores lesionados por falta de dispositivos de seguridad o por el fallo de un dispositivo de seguridad en una obra. Se puede presentar una demanda contra el dueño de la propiedad y contra los contratistas (que no sean la empresa del trabajador lesionado) implicados en la construcción.

Terceros

A menudo se persigue a terceros como partes negligentes en lesiones causadas en el trabajo. A menudo, las lesiones en el lugar de trabajo pueden dar lugar a reclamaciones de indemnización de los trabajadores al empresario. Sin embargo, si un tercero causa la lesión, la víctima puede tener que reclamarle daños y perjuicios en lugar de la indemnización de los trabajadores. Los terceros pueden ser fabricantes, minoristas u otros proveedores de diversos tipos de equipos, accidentes causados por alguien que conduce de forma peligrosa, mal diseño o mantenimiento de carreteras, de lo que se encargan organizaciones gubernamentales o privadas, o condiciones inseguras creadas por propietarios de edificios, vendedores o contratistas.

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¿Qué forma de negligencia comparativa utiliza Nueva York?

Existen tres tipos de negligencia comparativa utilizados en los distintos estados de EE.UU.

  • Negligencia contributiva pura. Sólo la utilizan unos pocos estados, como Virginia y Carolina del Norte. Establece que si la víctima es responsable aunque sólo sea en un 1% del accidente que causó la lesión, no tiene derecho a reclamar daños y perjuicios a nadie más.
  • Negligencia comparativa modificada. Se utiliza en la mayoría de los estados. Dice que la persona lesionada no puede ser más del 50% o 51% (varía según el estado) responsable del accidente, o no puede reclamar daños y perjuicios. Por ejemplo, Florida cambió su ley en marzo de 2023 para que si un jurado encuentra que un demandante es más del 50% culpable de la lesión, no son elegibles para recuperar los daños.
  • Negligencia comparativa pura. Esto significa que incluso si la víctima es 99% responsable de la lesión, todavía puede solicitar el 1% de los daños. Por ejemplo, si la víctima fuera declarada responsable del 40% de la lesión y se le concedieran 20.000 dólares, recibiría 12.000 dólares en lugar de 20.000 menos el 40%.

Nueva York es un estado de pura negligencia comparativa. Eso podría ser visto como una buena noticia para la víctima, pero también es por eso que la compañía de seguros para los empleadores, contratistas y terceros trabajará duro para empujar tanta culpa de la lesión a la víctima como sea posible. Es por eso que trabajar con un abogado con experiencia en lesiones personales es vital.

¿Cómo se demuestra la negligencia en Nueva York?

Hay cuatro aspectos que deben probarse para que una demanda por negligencia prospere ante un tribunal.

  • Deber de diligencia. La persona o entidad acusada de mala conducta tenía el deber de proporcionar un entorno seguro o de cumplir las normas y leyes del Estado.
  • Incumplimiento del deber de diligencia. Las personas encargadas de cumplir el deber de diligencia y que incumplieron ese deber. Puede tratarse de algo como que un empresario o contratista no proporcione el equipo de seguridad adecuado a un trabajador en una obra.
  • El incumplimiento provocó daños. Esto es lo más importante: la víctima debe demostrar que el incumplimiento del deber causó directamente las lesiones.
  • Daños y perjuicios. Las lesiones, a su vez, causan daños y perjuicios, ya sean económicos o debidos a traumas físicos o emocionales.

¿Qué debo hacer si he sufrido una lesión en el trabajo en Nueva York, y puede haber múltiples partes negligentes?

La ley de lesiones personales puede ser complicada, pero la clasificación de la responsabilidad de las diferentes entidades o individuos involucrados en un accidente de trabajo o accidente de coche es particularmente compleja debido a la posibilidad de múltiples partes responsables que probablemente se señalarán unos a otros. Lo primero que debe hacer la víctima es buscar atención médica inmediatamente después del accidente. Acuda a un profesional médico lo antes posible, aunque al principio se sienta bien. Hay muchas lesiones que no presentan síntomas de inmediato. Si no se tratan, pueden empeorar y volverse peligrosas.

Entonces llame a Greenspan & Greenspan Injury Lawyers al 914-946-2500 para una consulta inicial gratuita con uno de nuestros abogados de lesiones personales de White Plains, NY. Podemos caminar a través de los detalles de su caso para ver donde la responsabilidad es más probable que sea y diseñar una estrategia para mantener a las partes negligentes responsables.

¿Qué no debe hacer una persona lesionada?

No hables con ningún perito de seguros, representante, abogado o directivo que represente a los empresarios, contratistas o terceros.

Su objetivo es conseguir que la víctima admita ser culpable de la lesión para evitar tener que pagar una indemnización. Los peritos y representantes de las aseguradoras son muy buenos para intentar convencer a la víctima de que acepte una indemnización muy inferior a la que le correspondería. El conocimiento es poder. Los trabajadores o automovilistas lesionados deben estar plenamente informados de sus derechos y de las consecuencias de sus lesiones antes de considerar una oferta de acuerdo. No responda a ninguna comunicación de una compañía de seguros hasta que haya hablado con su abogado.

Estamos aquí para ayudarle. Ponga nuestra experiencia a su servicio.

Mike Greenspan

Dedicado abogado colegiado en Nueva York, Florida y el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, tiene un arraigado compromiso con su comunidad. Desde 1992, ha sido funcionario certificado de atletismo de secundaria y miembro del Comité Ejecutivo de los Juegos Glenn D. Loucks. Forma parte del Consejo de Administración del JCC-Rockland y ha dedicado más de una década a entrenar deportes juveniles en el condado de Rockland. Mike fue reconocido por el Condado de Rockland, así como la Asociación Americana para la Justicia por su distinguido servicio en la prestación de representación legal gratuita a través del programa Trial Lawyers Care para las familias de las víctimas de los atentados del 11 de septiembre. Él representa a clientes a través de una amplia gama de áreas de práctica legal.

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